¡Hola Hugo!
Es una buena pregunta, comencemos diciendo que el RFC 3330 indica que el rango de las DIRECCIONES loopback es 127.0.0.0/8, estas direcciones son utilizadas por los dispositivos para enviarse tráfico a sí mismo para propósitos de pruebas y resolución de problemas (como ya lo explicamos), esto significa que son direcciones IP RESERVADAS. Si intentas configurar este rango en algún dispositivo de red, no vas a poder hacerlo, te va salir que es una dirección de host inválida ya que justamente son IPs reservadas por el sistema operativo. Acá hablamos que son reservadas en CUALQUIER dispositivo de red que siga los estándares, intenta configurarla en tu PC, no vas a poder, intenta configurarla en router de Cisco, tampoco vas a poder hacerlo (no estoy seguro si existe algún dispositivo que permite configurar esos valores). Otro tema es que tampoco puedes enrutar estas direcciones IP, son de alcance local para el dispositivo de red.
Por el otro lado tenemos las INTERFACES loopback que son utilizadas por diferentes fabricantes de dispositivos de red, las direcciones IP de estas interfaces permiten justamente «emular» una interface física (interface virtual), y tienen múltiples usos como ya lo has visto y como lo vas a seguir viendo a lo largo de los diferentes cursos (pueden ser enrutadas, apagadas, configuradas con diferentes direcciones IP, etc.) Estas interfaces no siguen la nomenclatura del estándar a pesar que lleven el mismo nombre, tienen un uso totalmente diferente, no son utilizadas para comunicarse con si mismo, así que son 2 conceptos separados.
Espero que ahora quede claro. Estoy atento a cualquier comentario.
Saludos!
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Esta respuesta fue modificada hace 1 año, 7 meses por
AlvaroM.